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dependiendo de la manera en que se protocolizó el condominio y de                    Planeación
todas las áreas comunes que comparta.
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¿La vivienda vertical está sujeta a la misma reglamentación que la
tradicional? La vivienda vertical debe cumplir con los requerimientos
mínimos que exige toda la reglamentación de vivienda, los cuales se
deben proyectar para que cumpla con todas las necesidades básicas
de las personas, un ejemplo de esto: el estacionamiento, toda unidad
privativa de una torre tiene al menos un cajón de estacionamiento
para su uso propio y esta superficie cuenta también como privativa
aunque se encuentre separada del departamento, así mismo entre
más grande sea el departamento se necesita de una mayor cantidad
de cajones de estacionamiento, por lo cual los departamentos de
mayor superficie pueden contar con más cajones. Aparte de esto,
también se deben proporcionar cajones que corresponden a áreas
comunes para todos los condóminos.

¿Cómo dueño de un departamento, a qué reglamentación estoy
sujeto? Al momento de adquirir una propiedad como ésta, debe
saberse que la mayoría de los condominios cuentan con un reglamento
interno, el cual establece entre varios puntos: la administración del
condominio, el pago de servicios comunes, el mantenimiento de
áreas comunes, entre otros aspectos. De manera que al momento
en el que un condómino adquiere una propiedad, acepta por ende
el reglamento y con ello marca los roles y cómo será la convivencia
entre todos. Asimismo marca prohibiciones dentro del condominio,
una muy común: es que queda prohibida la construcción en áreas
comunes, por lo cual el área privativa del departamento no se puede
incrementar, por lo que deberá quedar del mismo modo en el que se
adquirió sin poder ampliarse, esto aplica en todo condominio, vertical
u horizontal.

¿Mi departamento vale menos al quedar en un nivel superior?
Este es uno de los mitos más comunes en la sociedad acerca de los
condominios verticales sea cual sea su dimensión. Las personas
tienen la creencia de que el departamento que está en el nivel del
suelo se queda con la totalidad del terreno y las unidades superiores
pierden valor por estar “en el aire”, pero esto es solo una creencia, ya
que como se explicó con los proindivisos, el terreno se contempla
en su totalidad y se reparte de manera proporcional con base a este
indiviso, es decir, aunque la unidad privativa se encuentre en el piso
más alto de la torre, al dueño de la unidad le corresponde una fracción
de terreno.

En conclusión, la construcción vertical es algo nuevo para la
ciudadanía y aunque el régimen de propiedad en condominio se
aplica desde hace muchos años no se tiene una relación con el
condominio vertical, es por esta razón que se debe conocer más
acerca de este tipo de propiedad y conocer las ventajas y desventajas
de éstas, dejando de lado algunos mitos y pidiendo la asesoría de las
personas que conocen de este tipo de propiedad como los agentes
inmobiliarios para que de esta forma las personas puedan valorar la
situación de una manera informada y puedan decidir si les conviene
adquirir o no una propiedad de este tipo.

  Referencias:
  A, O. G. (2010). El régimen constitucional de la propiedad en México. Obtenido de
  https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-libro/3763-el-regimen-constitucio-
  nal-de-la-propiedad-en-mexico-coleccion-colegio-de-notarios-del-distrito-federal
  Guzmán Araujo, P. G., & Guzmán Araujo, F. C. (2017). El Condominio su Constitu-
  ción, Compraventa y Administración (8.ª Ed.). México: Trillas 2017.
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